La Audiencia Provincial de Palencia ha absuelto al propietario de un bar de Carrión de los Condes de un delito contra el medio ambiente, del que le acusó un vecino. El tribunal considera que, aunque es cierto que en el bar se producían ruidos (contaminación acústica), «consecuencia de la propia actividad y de la mala insonorización», según se recoge en la sentencia, el delito «no tiene relevancia penal».
En la resolución de la Audiencia se argumenta que, efectivamente, el volumen de la música excedía los decibelios permitidos, pero el denunciante residía en una vivienda más alejada, y no en el piso también de su propiedad donde se hicieron las mediciones de ruidos y que está más próximo al local.
Asimismo, la sentencia recoge que el denunciante tomaba ansiolíticos, pero que el médico declaró que se los había recetado por otras causas, no por problemas de insomnio provocados por el ruido.
Otro de los argumentos por los que se ha determinado la absolución es que no hubo intención de infringir la ley por parte del propietario del bar, «debe descartarse el dolo o ánimo intencional de cometer delito», según el escrito de la sentencia. El tribunal expone que el denunciado trató de solucionar el problema después de una sentencia civil en la que se le condenaba a una multa de 6.000 euros por ruidos.
En el juicio contra el propietario del bar, que terminó el pasado día 17 después de que hubiera un aplazamiento en enero, la acusación particular pidió siete años de prisión y una responsabilidad económica de 66.000 euros
El Ministerio Público solicitó el sobreseimiento de la causa contra el acusado al entender que los hechos denunciados no tenían suficiente entidad para la vía penal y que ya han sido objeto de sanción en expedientes administrativos.
Contra la sentencia de la Audiencia Provincial, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.