Comisario fue acusado de disparar con escopeta a clientes de un …

Los fiscales piden llevar a juicio al comisario Jesús Guillermo González, actualmente a cargo de la Comisaría de Sarmiento, por el hecho que ocurrió el 22 de junio de 2014, a las 02.30 horas en Gan Gan, localidad de la meseta de Chubut.

Esa noche, un poblador se encontraba junto a sus hermanos en el bar “La Taba” cuando el jefe de la comisaría, Jesús González, llegó al lugar junto con un empleado policial y les ordenó que se retiren por no tener documentos. Cuando salieron, según la acusación, el comisario les dijo que se queden parados y realizó dos disparos con la escopeta antitumultos: uno impactó en la pierna derecha de la víctima.

El comisario los detuvo y recién una hora y media más tarde llevaron al herido al Hospital a que le realicen las curaciones. Luego lo volvieron a llevar a la comisaría hasta cerca del mediodía, cuando todos recuperaron la libertad. Cuando se iban, el comisario le dijo “que le tenía que hacer caso a él y que se tenía que ir calladito”, denunciaron testigos.

“Lesiones graves”

El comisario González está acusado de la presunta comisión del delito de “lesiones graves agravadas por ser miembro de la fuerza policial”, previsto y reprimido por el artículo 92 del Código Penal.

La “audiencia preliminar” donde se decidirá si el caso va a juicio oral y público será el jueves 24 a las 9 horas, en la Sala 1 de Tribunales, ante la jueza Patricia Reyes.

Disparo directo a 2 metros con escopeta antitumulto

El disparo se efectuó con una escopeta Mossberg, con cartuchos antitumulto, con posta de goma. El informe del médico forense Herminio González indicó que las heridas son “compatibles con 11 proyectiles de goma o sintéticos antidisturbios y la lesión central corresponde a el taco concentrador de las municiones, por lo que se puede afirmar que el disparo incidió en la pierna de arriba hacia abajo y de derecha a izquierda y con una distancia de la boca de fuego entre 1 y 2 metros.”

Del informe ampliatorio, el profesional médico afirmó que “indudablemente se trató de un impacto directo, no de una trayectoria secundaria, ni a un rebote contra otro objeto o al empleo de acuerdo a técnica correcta de tipo policial para su uso antidisturbios”.

Fuente: Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn

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