La independiente Montserrat Hernández Barreras tendrá que pagar una multa de 900 euros a los miembros de la pareja y otra de la misma cantidad a la arrendataria, mientras que otro vecino del pueblo ha sido condenado a abonar 450 euros a los primeros por una falta de amenazas y otra de coacciones, según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Piedrahíta.
Los hechos probados señalan que sobre las 15,15 horas del 18 de abril, los denunciantes vieron que irrumpía el condenado en su casa, “quien, sujetando en una mano una copa de vino, y alzando la otra, se dirigió aquellos profiriendo expresiones tales como ‘a mí no me hagas una foto que te doy de hostias, te parto la cabeza’, ante lo que uno de ellos “le requirió para que se marchara de su casa, negándose en principio”.
Voy a por vosotros
En la puerta del domicilio se encontraba la alcaldesa, “quien dirigiéndose a los denunciantes”, profirió las expresiones: “Ya he metido en un follón a Ana [arrendataria del bar y denunciante junto a la pareja], ahora voy a por vosotros, maricones de mierda” y “os vais a enterar mariconazos”.
Cuatro días antes, la alcaldesa había requerido a la arrendataria del bar que desalojase el salón que se encuentra al lado del establecimiento y cuyo uso le corresponde a la denunciante. Tras negarse a ello, la regidora y la secretaria municipal “mostró unos papeles con el fin de que los firmara, negándose”, ella. Entonces la alcaldesa, acompañada de un cerrajero, “cambió la cerradura de la puerta del salón, sin entregarla copia de llave, e impidiendo ejercer su derecho de uso que tiene sobre el referido salón”.
Según la sentencia, al día siguiente, la regidora, junto a otras personas, “entró, sin el consentimiento, ni el conocimiento” de la arrendataria, “a celebrar una fiesta en el salón situado junto al bar municipal, cuyo uso corresponde” a la denunciante.
Cuando el 24 de abril acudió al bar, “se encontró que la denunciada había sacado todos sus efectos que tenía en el salón, situado junto al bar y cuyo uso le corresponde”.
Versiones contradictorias
En los fundamentos de derecho de la sentencia, la juez reconoce que hay “versiones contradictorias” entre los denunciantes, que se encontraban acompañados por la madre de uno de ellos y por un amigo, y los denunciados, si bien destaca que la alcaldesa y el denunciado “reconocen que el día de los hechos se acercaron al domicilio de los denunciantes en compañía de más personas”.
Los denunciados “niegan los hechos que se les atribuyen, si bien reconocen que, el día de los hechos, se acercaron al domicilio de los denunciantes en compañía de más personas con el fin de recriminarles que les hubieran sacado una foto, pero sin llegar a entrar en el mismo, y sin proferir las expresiones denunciadas”.
La juez señala que la declaración de las víctimas-denunciantes y sus acompañantes resultan verosímiles, coherentes y coincidentes, en el caso de los denunciados cree que “incurren en contradicciones entre ellos”.
Además, la magistrada llama la atención sobre el hecho de que los denunciados reconozcan que se acercaron al domicilio de la pareja “junto con varias personas, unas 15 ó 20”, un número que califica de “sorprendente si la única intención era hablar de forma pacífica”.
“Más bien prueba el ánimo coaccionador” del denunciado cuando fue a casa de la pareja homosexual, por lo que considera la prueba practicada “suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia que asiste a toda persona acusada y concluir que los denunciados han incurrido en las faltas que se les atribuye”.
Antecedentes
Los hechos enjuiciados tienen antecedentes. La pareja había criticado la subida de impuestos municipales y había solicitado las cuentas del Consistorio, lo que había iniciado las divergencias con la alcaldesa.
También existía un enfrentamiento con la arrendataria del bar, quien en febrero criticó públicamente que no podía pagar al Ayuntamiento porque la alcaldesa no le facilitaba las facturas a abonar, lo que ella negó, a la vez que un grupo de vecinos salieron en su defensa y criticaron el servicio que daba en el bar, que motivaba que se marchasen a otro pueblo a tomar las cañas.
A raíz del enfrentamiento que ha derivado en la condena, se produjeron pronunciamientos contra el carácter homofobo de los hechos, uno de ellos el Día Internacional contra la Homofobia y en otro en las Cortes de Castilla y León.
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