El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Piedrahíta (Ávila) ha condenado a la alcaldesa de San Bartolomé de Béjar (Ávila), Montserrat Hernández, a pagar 900 euros de multa a una pareja homosexual que la denunció por amenazas e injurias.
Además, la regidora también deberá abonar otros 900 euros a la arrendataria del Bar Municipal, por tres faltas de coacciones, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe y que también condena a otra persona a abonar 450 euros a las dos personas del mismo sexo por una falta de amenazas y otra de coacciones.
Los hechos se produjeron a las 15.15 horas del pasado 14 de abril en la vivienda de un matrimonio homosexual, cuando el condenado “irrumpió” en la vivienda “sujetando en una mano una copa de vino y alzando la otra se dirigió” a la pareja con expresiones como: “A mí no me hagas una foto que te parto la cabeza”.
Según los hechos probados, en la puerta de la vivienda se encontraba Montserrat Hernández, que se dirigió a los denunciantes diciendo: “Ya me he metido en un follón con Ana, ahora voy a por vosotros, maricones de mierda (…) os vais a enterar, mariconazos”.
En los fundamentos de derecho, la juez constata que en la prueba practicada existen “versiones contradictorias” entre los denunciantes, que se encontraban acompañados por la madre de uno de ellos y por un amigo, y los denunciados.
No obstante, señala que tanto la alcaldesa de este municipio de 50 habitantes, situado a 100 kilómetros al suroeste de Ávila, como el otro denunciado, “reconocen que el día de los hechos se acercaron al domicilio de los denunciantes en compañía de más personas”.
Su intención era la de “recriminarles que les hubieran sacado una foto, pero sin llegar a entrar en el mismo y sin proferir las expresiones denunciadas”.
Mientras la juez considera que la declaración de las víctimas-denunciantes y sus acompañantes resultan verosímiles, coherentes y coincidentes, en el caso de los denunciados cree que “incurren en contradicciones entre ellos”.
Además, la magistrada llama la atención sobre el hecho de que los denunciados reconozcan que se acercaron al domicilio de la pareja “junto con varias personas, unas 15 o 20”, un número que califica de “sorprendente si la única intención era hablar de forma pacífica”.
“Más bien prueba el ánimo coaccionador” del otro denunciado cuando se acercó a la casa de la pareja de la pareja homosexual, de ahí que considere la prueba practicada “suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia que asiste a toda persona acusada y concluir que los denunciados han incurrido en las faltas que se les atribuye”.
Ante estos hechos, la alcaldesa independiente de esta localidad ha sido considerada “autora de dos faltas de amenazas” que llevan aparejadas cada “una pena de multa de 15 días a razón de una cuota diaria de 15 euros”, así como “autora de dos faltas de injurias”.
Por cada una de estas últimas también es condenada a “la pena de multa de 15 días a razón de una cuota diaria de 15 euros”, lo que en total suma 900 euros que deberá abonar a la pareja denunciante, si bien puede presentar un recurso de apelación ante el mismo juzgado.
La otra persona denunciada por estos mismos hechos, también ha sido condenado a abonarles 450 euros por una falta de amenazas y otra de coacciones.