El Justicia pide al Ayuntamiento de Boltaña que un bar del …

HUESCA, 8 Nov. (EUROPA PRESS) –

   El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha sugerido al Ayuntamiento de Boltaña (Huesca) que adopte las medidas necesarias para que un establecimiento de este municipio se ajuste a las condiciones de la licencia que tiene concedida, especialmente en lo referido a emisiones acústicas, tras recibir una queja por el ruido generado por este bar.

   García Vicente ha explicado que el pasado mes de marzo una persona se dirigió a la institución exponiendo el problema que genera a los vecinos del entorno de la Plaza de España de este municipio oscense la actividad nocturna del citado bar.

   En ella se explica que tras el cierre del disco-bar anteriormente existente en la localidad hace unos meses, este establecimiento, que carece de ningún tipo de insonorización, cambió su orientación y funciona ahora como bar musical, estando abierto los fines de semana y festivos y emitiendo música a alto volumen hasta la madrugada.

   A esto hay que sumar al ruido que generan los clientes al salir a hablar, beber o fumar a la calle o a la terraza del establecimiento, que está disponible todo el año, relataba la queja, todo lo cual “provoca que los vecinos del entorno tengan serios problemas para poder descansar en dichos periodos” y también se ocasión “perjuicios económicos” a la casa de turismo rural existente en la plaza, “que ha sufrido numerosas cancelaciones de estancias por ese motivo”.

   Esta situación se ha puesto en conocimiento del alcalde, tanto verbalmente como por escrito, quien ha reconocido que la licencia que ampara al establecimiento es para la actividad de bar, y que el ayuntamiento es consciente de la normativa aplicable en materia de ruidos y horarios, si bien “no se ha adoptado ninguna medida para corregir el actual estado de cosas”.

SESIÓN PLENARIA

   Por su parte, en la respuesta dada por el consistorio a la petición de información del Justicia, la institución local argumenta que esta situación “se ha intentado resolver, tratando incluso el problema en una sesión plenaria”, si bien solo se han recibido quejas de una vecina.

   Además, el consistorio ha precisado que se ha solicitado la colaboración de los Cuerpos de Seguridad del Estado para el control de horarios y se ha requerido al titular del negocio su estricto  cumplimiento.

   No obstante, se está posponiendo el encargo de una medición de ruidos “hasta la comprobación o no de la persistencia del problema, dado el elevado importe económico que supone para las arcas municipales su realización”.

   Por su parte, el Justicia ha cotejado la situación descrita en la queja con otros residentes en el entorno, “que la ratifican punto por punto” y ha recibido información “que contradice” a lo señalado por el consistorio, como, por ejemplo, que la colaboración de la Guardia Civil no fue solicitada por el ayuntamiento, sino por la persona más perjudicada por los ruidos.

   Asimismo, desde allí le indicaron “que han remitido diversas denuncias al Ayuntamiento, administración competente para su tramitación, por incumplimiento de horario, exceso de aforo, no tener a la vista los horarios, sin que se haya iniciado ningún expediente sancionador”.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

   El Justicia de Aragón expone en las consideraciones jurídicas del expediente que “como hemos podido ver en otras ocasiones, desde determinadas instancias municipales se tiende a minusvalorar con demasiada frecuencia la gravedad de la incidencia del ruido sobre la salud de las personas y la plena eficacia de sus derechos,  absteniéndose de intervenir, haciendo dejación del ejercicio de sus competencias, al considerarlo un problema de índole menor”.

   Por otro lado, “es clara la vulneración de derechos constitucionales a consecuencia de la contaminación acústica”, en concreto, los de integridad física y moral, a la intimidad personal y familiar, a la inviolabilidad del domicilio, así como el derecho a la protección de la salud.

   Asimismo, la libertad de empresa también se ve afectada cuando la contaminación acústica impide el descanso de los huéspedes en un  establecimiento dedicado a tal fin, con evidentes perjuicios económicos.

   Por eso, “los poderes públicos deben velar por la correcta tramitación del expediente de licencia que habilite para el ejercicio de la actividad y comprobar que las medidas correctoras adoptadas son conformes”.

   Igualmente, “tienen que realizar una vigilancia suficiente de su  desarrollo, molestias que generan y cumplimiento de horarios”, sostiene el Justicia, que enumera a continuación la legislación donde se incluyen estos extremos dentro de las competencias municipales.

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