El próximo 14 de diciembre todos los bares y restaurantes de la …

Si no lo hacen, los restauradores se arriesgan a sanciones económicas y penales
A partir del 14 de diciembre, cada vez que vayamos a un bar o restaurante nos tendrán que indicar los posibles alérgenos existentes en sus platos y lo tendrán que hacer por ley. 

 
Imagen que anuncia la puesta en marcha de la normativa europea para informar sobre alérgenos



Más del  17% de la población sufre algún tipo de alergia o intolerancia alimentaria, lo que veía mermada su actividad social y limitada su capacidad para disfrutar  de una comida fuera de casa. Incluso en el algunos casos supone un verdadero riesgo para la salud. Las alergias e intolerancias alimenticias, en la mayoría de los casos, condicionan para siempre la vida de las personas y de sus familias, ya que se ven obligadas, no sólo a variar su dieta diaria en el hogar y a eliminar determinados ingredientes, sino también a prestar suma atención a los alimentos/comidas que les pueden servir fuera de casa.

LA IMPORTANCIA DE LA NORMA El pasado mes de mayo fallecía un niño tras sufrir una reacción alérgica en una granja escuela de un municipio madrileño.
Los
establecimientos que incumplan la norma se arriesgan a  sanciones
económicas de hasta  600.000 euros incluso responsabilidades penales.
Las compañías de seguros se eximirán de responsabilidad si los
restaurantes o establecimientos carecen del preceptivo plan de control
de alérgenos.

 
LA NORMATIVA A PARTIR DEL 14D
El Reglamento UE 1169/2011, obliga a suministrar en los establecimientos de hostelería la información de los platos con alérgenos para que cualquier ciudadano sepa qué puede comer o qué no puede comer, en igualdad de condiciones que otro y sin tener que identificarse ni pedir trato especial. Se trata así de garantizar la ausencia de alérgenos en determinados platos para que se puedan consumir sin riesgo.


Esta nueva reglamentación obliga a los establecimientos de hostelería a que tenerlo todo organizado a partir del 13 de Diciembre de 2014.


A los bares restaurantes, tiendas y establecimientos que procesen alimentos para el público, la entrada en vigor de la normativa les obliga a comunicar los posibles alérgenos de todos y cada uno de sus platos.


Al igual que ya sucediera con el carnet de manipulador de alimentos, los empleados , camareros, cocineros, ayudantes, etc. deberán contar con una formación específica que algunas entidades ya han empezado a impartir. En muchos puntos de la geografía nacional son las propias cámaras de comercio o asociaciones de hosteleros los que están coordinando la necesaria  formación de sus empleados, que les permita hacer las preguntas adecuadas a sus clientes y evitar la contaminación cruzada, impidiendo que la comida de una persona alérgica entre en contacto con los ingredientes que no puede tomar.


El plan de control de alérgenos de los restaurantes deberá, por ejemplo establecer los mecanismos para evitar la contaminación cruzada: los restaurantes capaces de atender con toda seguridad a las personas con alergias alimentarias siempre que preparan comidas para estos clientes usan utensilios limpios y desinfectados, asegurándose, por ejemplo, que el pollo no se cocina en una cacerola o sartén que antes se empleó para mariscos. Algunos disponen incluso de freidoras diferentes, para asegurarse no freír patatas en aceite que pueda estar contaminado con un alérgeno.


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